Ante la inquietud manifestada por ciudadanos en redes sociales respecto a posibles sanciones por el uso de portaplacas en vehículos, la Secretaría de Protección y Auxilio Ciudadano de Cuernavaca emitió un comunicado para aclarar la normativa vigente.
De acuerdo con el artículo 11, capítulo IV, del Reglamento de Tránsito y Vialidad del municipio, las placas de circulación deben instalarse en el exterior del vehículo, en los espacios designados por el fabricante. Estas deben permanecer visibles en todo momento, con una en la parte delantera y otra en la parte posterior, asegurando su correcta iluminación para facilitar su lectura en condiciones de baja visibilidad.
Asimismo, el reglamento establece que las placas deben estar libres de cualquier objeto, distintivo, rótulo, pintura o modificación que altere su visibilidad o legibilidad.
La autoridad municipal aclaró que el uso de portaplacas no está prohibido en Cuernavaca, siempre y cuando no obstruyan la información esencial de la matrícula, ya que esta es un elemento fundamental para la identificación vehicular por parte de las autoridades.
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